Se acogen a trámite dos nuevas reclamaciones en contra de aprobación de proyecto de prospección minera El Alto

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Son dos las nuevas acciones judiciales que fueron acogidas a trámite por el Primer Tribunal Ambiental relacionadas con el proyecto Prospección Minera El Alto, del titular Compañía Minera Nevada SpA, de la empresa Barrick Gold Corporation. 

La reclamación del Comité Ambiental Comunal de Alto del Carmen (Causa R-187-2026)

En esta reclamación se plantea que la ejecución del proyecto de prospección contempla 43 plataformas de sondaje ubicadas en la misma faena y concesiones del proyecto Pascua Lama, cuya clausura total y definitiva se encuentra a firme. Se detalla, además, que la Excma. Corte Suprema ya había declarado ilegales sondajes ejecutados sobre esas instalaciones, al estimar que, desde la clausura, solo pueden realizarse obras conducentes al cierre,

Se expone que durante la evaluación se presentados dos Adendas después del proceso de participación ciudadana que introdujeron modificaciones sustantivas al proyecto, en particular en el polígono y ubicación de las plataformas, emisiones, recursos hídricos, crioformas y permafrost, entre otros. Indica que pese a ello no se abrió un nuevo proceso de participación.

En cuanto a la evaluación de los impactos ambientales del proyecto, se cuestiona la falta de evaluación de impactos acumulativos y sinérgicos; la evaluación del recurso hídrico; el descarte de afectación sobre los glaciares y criosfera; deficiencias en la evaluación de lodos, residuos y afectación de la biodiversidad; la afectación a los sistemas de vida y costumbres; omisión de consulta indígena; así como la sustitución de evaluación previa por monitoreos y planes para ejecutar durante la operación del proyecto.

Finalmente, se expone que la resolución del Director Ejecutivo del SEA incurriría en vicios adicionales al no responder fundadamente todas las cuestiones planteadas, admitir en fase recursiva una aclaración del titular sobre la evaluación del carbono negro sin dar traslado a los reclamantes, anticipar pronunciamientos de fondo al pronunciarse sobre una solicitud de suspensión, omitir consultar a la Superintendencia del Medio Ambiente sobre el alcance la clausura de Pascua Lama y modificar la RCA incorporando un nuevo plan de contingencias por procesos erosivos y remociones en masa, pese a rechazar de manera íntegra las reclamaciones administrativas.

La reclamación de vecinos del Alto del Carmen y de la Comunidad Indígena Diaguita Kayko (Causa R-189-2026)

Esta segunda acción coincide en cuestionar la legalidad de la RCA y de la resolución del Director Ejecutivo del SEA, por estimar insuficientes los antecedentes para descartar impactos significativos y justificar la evaluación mediante DIA. Asimismo, controvierte la compatibilidad del proyecto con la clausura de Pascua Lama, la evaluación de recursos hídricos, permafrost y glaciares, los efectos acumulativos y sinérgicos, y la afectación de pueblos indígenas y la omisión de consulta indígena.

Además, se profundizan las alegaciones vinculadas con la relación material, continuidad y eventual fraccionamiento respecto del proyecto Pascua Lama debido a la superposición de las obras de cierre con las plataformas de sondaje; la errada delimitación del área de influencia de medio humano, la falta de caracterización de comunidades excluidas y una interpretación restrictiva de la susceptibilidad de afectación directa para descarta la procedencia de la consulta indígena; la necesidad de ingreso mediante un EIA al no existir antecedentes suficientes para descartar los impactos significativos del proyecto; la indeterminación de la ubicación efectiva de las plataformas; y la falta de una evaluación integrada de los recursos hídricos, entre otras alegaciones.

Los siguientes pasos

Ambas reclamaciones fueron admitidas a tramitación y se suman a otras dos que habían ingresado durante este mismo año en relación con el mismo proyecto, correspondientes a las causas Rol R-163-2026 y R-174-2026, actualmente en trámite.

Cabe recordar que el Primer Tribunal Ambiental, en la causa Rol R-5-2018 (acumula Rol R-6-2018) dictó sentencia en la que se confirmó la sanción de clausura del proyecto Pascua Lama fundada en tres de los cinco cargos que fueron aplicados por la SMA. Dichos cargos se fundaron en la existencia de incumplimientos ambientales vinculados al monitoreo de glaciares y glaciaretes, monitoreo de descarga de aguas de contacto al río Estrecho y utilización de una metodología de cálculos de niveles de alerta de caída de aguas no autorizada.

Las nuevas acciones judiciales fueron acogidas a trámite. Al respecto, se solicitó a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental informar los fundamentos de la resolución impugnada, junto con los antecedentes del procedimiento administrativo.

El proyecto

El proyecto contempla la prospección minera tipo diamantina a fin de incrementar la certeza sobre el potencial del recurso metálico mediante la ejecución de sondajes mineros con el fin de delimitar el recurso y reservas mineras. Para esto, se contempla la habilitación de 43 plataformas, abarcando una superficie estimada de 212 hectáreas, con una superficie efectiva con obras de 5,04 ha.

Se localiza en la comuna de Alto del Carmen, Región de Atacama, a 150 kilómetros al suroriente de la ciudad de Vallenar, en el límite con Argentina. La vida útil será de dos años, concentrada en dos temporadas (de septiembre a mayo), en consideración a las condiciones climáticas de la zona y contempla una inversión de 35 millones de dólares.

Causa Rol R-187-2026 y R-189-2026

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